• JUEVES 11
  • de junio de 2026

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¿Año sabático para los trabajadores? Conozca todo sobre esta nueva propuesta

Este beneficio se otorgará por el periodo de 12 meses continuos, con posterioridad a los siete años de trabajo continuo de manera consecutiva o acumulada.

Se trata del proyecto de Ley 5200/2022-CR, el cual tiene por objetivo otorgar justos beneficios a todos los trabajadores, que, de común acuerdo con su empleador realicen convenios para hacer efectivo la suspensión temporal no remunerada al contrato de trabajo por el plazo de 1 año.

De acuerdo con la propuesta legislativa, este beneficio se otorgará por el período de 12 meses continuos, desde el 1° de enero al 31 de diciembre, con posterioridad a los siete años de trabajo continuo de manera consecutiva o acumulada.

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Además, la iniciativa señala que el beneficio no se sujetaría a ningún tipo de condicionamiento posterior a efectos del retorno del trabajador al centro laboral al término de la licencia, considerando el mismo nivel y plaza ocupada previo al acuerdo entre la entidad empleadora y el trabajador.



"El trabajador peticionario podrá acogerse a la licencia voluntaria de año sabático no remunerada hasta el 31 de agosto del año previo, para garantizar en la entidad empleadora encuentre la suplencia del personal".

Proyecto de Ley 5200/2022-CR by Diario Oficial El Peruano on Scribd


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