Derecho
Se trata del proyecto de Ley 5200/2022-CR, el cual tiene por objetivo otorgar justos beneficios a todos los trabajadores, que, de común acuerdo con su empleador realicen convenios para hacer efectivo la suspensión temporal no remunerada al contrato de trabajo por el plazo de 1 año.
De acuerdo con la propuesta legislativa, este beneficio se otorgará por el período de 12 meses continuos, desde el 1° de enero al 31 de diciembre, con posterioridad a los siete años de trabajo continuo de manera consecutiva o acumulada.
[Lea también: En línea y de forma anónima: Sunafil te orienta cómo denunciar a una empresa por incumplimiento laboral]."El trabajador peticionario podrá acogerse a la licencia voluntaria de año sabático no remunerada hasta el 31 de agosto del año previo, para garantizar en la entidad empleadora encuentre la suplencia del personal".
Proyecto de Ley 5200/2022-CR by Diario Oficial El Peruano on Scribd
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