Ley que permite a Congreso y PJ designar procuradores es antitécnica, señalan
El Ejecutivo promulgó la norma hoy, lo que significa que estará en efecto a partir del jueves 8 de junio.
Indicó que la Procuraduría General del Estado (PGE) ya no podrá someter disciplinariamente a ninguno de esos procuradores frente a algún hecho irregular que se suscite, ni podrá hacer evaluaciones sobre su desempeño o capacitarlos, ya que estos van a depender única y exclusivamente de la entidad que los nombra.
La norma fue promulgada hoy por el Ejecutivo, por lo que entra en vigencia desde mañana jueves 8 de junio.
“Esta ley lo que hace es partir en dos el sistema de defensa jurídica del Estado. Es una decisión antitécnica, porque los sistemas administrativos existen para darle más eficiencia a los servicios del Estado, en este caso el servicio de defensa jurídica”, declaró Daniel Soria a RPP.
“El Poder Legislativo, el Poder Judicial y los organismos constitucionales autónomos, a partir de mañana, tendrán la posibilidad de elegir directamente a sus procuradores y esos procuradores salen de la competencia funcional del sistema (de defensa jurídica del Estado)”, agregó el procurador general.
Manifestó que los procuradores y procuradoras están facultados para defender los intereses del Estado, no los de la entidad a las que están adscritos o de sus titulares, ya que incluso podrían denunciar a estos últimos si ven la comisión de un presunto delito.
“Por eso se necesita autonomía y por eso se creó un sistema, para que haya un concurso público de elección, para que haya un monitoreo de desempeño, para que haya causales de cese objetivamente establecidas, para que haya una capacitación constante. Todo eso queda de lado respecto de estos procuradores a partir de mañana”, puntualizó Soria Luján.
Lea también en El Peruano
El que participa en acuerdo o práctica anticompetitiva sujeto a una prohibición absoluta establecida en el Decreto Legislativo N° 1034, será reprimido con una pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis años, con 180 a 365 días-multa.