Derecho
Se trata del Proyecto de Ley N° 5216/2022-CR el cual menciona que tiene por finalidad salvaguardar la soberanía e independencia del Estado peruano, en cumplimiento del artículo 43° de la Constitución Política.
De aprobarse la propuesta, el presidente de la República tendrá el plazo de 30 días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación, de presentar el instrumento de denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos para su aprobación por el Congreso de la República, de conformidad con el artículo 57° de la Constitución.
[Lea también: Uso de las cookies: exigencias legales y protección de datos]"En caso de que el presidente de la República desestime la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos, remite al Congreso de la República un Informe sobre las razones que le asisten para considerar que es inoportuna e inconveniente la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos." señala el documento.
Finalmente, en su artículo 4 señala que la denuncia se someterá a votación para su aprobación o rechazo, en la segunda legislatura ordinaria subsiguiente a la presentación efectuada por el presidente de la República.
Pl 0521620230601 by Diario Oficial El Peruano on Scribd
Lea también en El Peruano
La Junta Nacional de Justicia (JNJ) publicó la relación de 300 jueces y fiscales titulares a quienes les toca pasar por un proceso de evaluación integral, teniendo en cuenta el orden de antigüedad desde su último nombramiento o ratificación.
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) June 2, 2023
?? https://t.co/WFu4WKS41a pic.twitter.com/hGNPCYXzYK
| Jurídica 853: Impulso a la concesión de obras emblemáticas[Nuevo] En debate una nueva Autoridad Nacional de Infraestructura | |
| Jurídica 852: Normativa anticorrupción La nueva Ley N° 31740 impacta en la responsabilidad penal de las personas jurídicas | |
| Jurídica 851: Obras públicas Las medidas cautelares para las empresas constructoras en el NCPC |