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  • de abril de 2026

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Poder Judicial: Robo cometido en la noche es considerado como agravado

Ilícito esta tipificado en el artículo 189 del Código Penal.

Mediante una publicación en sus redes sociales, el Poder Judicial señala que el ilícito se encuentra tipificado en el artículo 189 del Código Penal, denominado como "Robo agravado".


Conforme a este artículo la pena para este delito será hasta de 20 años si el robo es cometido en inmueble habitado, durante la noche o en lugar desolado; a mano armada y si en el hurto participan dos o más personas.
 
La sanción también se aplica si el delito se comete en cualquier medio de locomoción de transporte público o privado de pasajeros o de carga, terminales terrestres, ferroviarios, lacustres y fluviales, puertos, aeropuertos, restaurantes , lugares de alojamiento, entre otros.


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