Poder Judicial: Incitar a una persona a consumir drogas se castiga con pena de cárcel
Causa está contenida en el artículo 302 del Código Penal.
Mediante sus redes sociales, la entidad aseguró que esta acción puede ser castigada hasta con cinco años de prisión.
La judicatura agregó que si el agente actúa con propósito de lucro o si la víctima es persona manifiestamente inimputable, la pena será de hasta 8 años.
"Si además la vende o el afectado es menor de edad, la pena será no menor de cinco ni mayor de ocho años de prisión."
Cabe destacar que esta causa está contenida en el artículo 302 denominado "Inducción o instigación al consumo de droga" del Código Penal aprobado por Decreto Legislativo N° 635.
El documento, establece además 90 a 180 días-multa para dicho delito.