Derecho

Socia de Aguirre Abogados y Asesores
A continuación, señalamos las principales obligaciones que deben cumplir las empresas como empleador:
Implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST): El SGSST implica contar con procesos ordenados y definidos para proteger a los trabajadores en el desempeño de sus labores.
[Lea también: Poder Judicial aprueba reglas vinculantes en lo contencioso administrativo]-La documentación del SGSST que debe exhibir el empleador es la siguiente: i) la política y objetivos en materia de SST; ii) el Reglamento Interno de SST; iii) la identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus medidas de control (IPER); iv) el mapa de riesgo; v) la planificación de la actividad preventiva y, vi) el programa anual de SST.
-Identificar los peligros, evaluar riesgos y determinar cómo controlarlos: Este proceso es conocido como matriz IPER, respecto al cual los peligros o riesgos en el centro de trabajo varían según el rubro de la empresa. En la elaboración o aprobación del IPER deben participar los trabajadores o sus representantes.
- Elaborar un mapa de riesgos: Se trata de un mapa en el que se identifican de forma precisa la ubicación de los riesgos en cada área de trabajo. También debe ser elaborado con la participación de los trabajadores.
- Contar con un comité o supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo: Todas las empresas con 20 o más trabajadores deben constituir un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST). Si son menos de 20 trabajadores, los mismos trabajadores eligen y nombran al supervisor de seguridad y salud en el trabajo (SSST).
El CSST estará conformado por cuatro miembros como mínimo y 12 como máximo. Cuando el empleador cuente con varios centros de trabajo, cada uno de estos puede contar con un supervisor o subcomité de SST en función del número de trabajadores.
La función del CSST o SSST es promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Interno de SST y apoyar al empleador.
- Otorgar equipos de protección personal (EPP) a los trabajadores: Se debe proporcionar a los trabajadores EPP adecuados, según el tipo de trabajo y riesgos específicos presentes en el desempeño de sus funciones. No basta con entregar los EPP, sino también capacitar y orientar a los trabajadores para que sean utilizados de forma correcta.
- Capacitar a los trabajadores en la materia: Las empresas deben capacitar a sus trabajadores a fin de evitar riesgos en su vida y salud como la de sus familias. Para ello se debe contar con un Plan Anual de Capacitación aprobado por el CSST. La ley establece que los empleadores deben realizar no menos de cuatro capacitaciones al año en materia de SST.
- Contar con un plan de SST Todo plan de SST debe contar con: i) el establecimiento de prioridades y objetivos en materia de SST; ii) objetivos, metas, indicadores y responsabilidades que deben asumirse; iii) criterios de medición para confirmar que se han alcanzado los objetivos señalados; y, iv) la dotación de recursos adecuados, incluidos humanos y financieros.
- Mantener actualizados los registros obligatorios del SGSST: Las empresas deben contar con registros actualizados y elaborados conforme a los formatos aprobados por el MTPE, entre ellos tenemos:
i) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes; ii) Registro de exámenes médicos ocupacionales.
iii) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos.
iv) Registro de inspecciones internas de SST.
v) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia. Asimismo, los empleadores tienen el deber de informar al MTPE todo accidente de trabajo mortal, incidentes peligrosos y cualquier otra situación que altere o ponga en riesgo la vida, integridad física y psicológica de los trabajadores.
- Contar con un plan para la vigilancia, prevención y control del covid-19 en el trabajo: En el contexto de la pandemia a causa de la propagación del covid-19, las empresas están obligadas a implementar su plan para la vigilancia, prevención y control del Covid-19 en el centro de trabajo.
[Lea también: Juzgado usa inteligencia artificial para dictar fallo]A la fecha, la Resolución Ministerial N° 031-2023-Minsa es la norma que contiene los lineamientos que se debe observar a fin de evitar el contagio y salvaguardar la salud de los trabajadores. Por otro lado, los trabajadores también tienen obligaciones en materia de SST, estas son las siguientes:
1. Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones establecidos en los programas de SST.
2. Usar adecuadamente los instrumentos, materiales de trabajo y EEP.
3. No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos para los cuales no tienen autorización.
4. Cooperar y participar en el proceso de investigación de los accidentes de trabajo y de las enfermedades ocupacionales.
5. Someterse a los exámenes médicos ocupacionales y cumplir con los tratamientos recomendados.
6. Participar en los comités, programas de capacitación y otras actividades destinadas a prevenir los riesgos laborales.
7. Comunicar al empleador todo evento o situación que ponga o pueda poner en riesgo su seguridad y salud.
8. Reportar a los representantes o delegados de seguridad, de forma inmediata, la ocurrencia de cualquier incidente, accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Como podemos apreciar, la Seguridad y Salud en el Trabajo es un derecho fundamental de todos los trabajadores a fin de prevenir los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
Para el goce y disfrute de este derecho, tanto el empleador como los trabajadores deben cumplir de manera mancomunada sus obligaciones a fin de asegurar un ambiente de trabajo seguro y saludable.
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