OSCE dispone el uso de la firma digital para las solicitudes del Certificado Seace
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A través de esta modificación, se busca contribuir a mejorar los controles sobre la administración del Certificado Seace y del Registro de Entidades Contratantes, para lo cual se ha previsto el uso de la firma digital de forma obligatoria en las siguientes solicitudes:
- Formato A: Solicitud de inscripción, actualización y desactivación de Entidades en el REC. Funcionario que suscribe: Titular de la entidad o funcionario delegado.
- Formato B: Solicitud de emisión, actualización y desactivación del Certificado Seace para Entidades Contratantes. Funcionario que suscribe: Jefe de Administración o quien haga sus veces.
- Formato C: Solicitud de emisión, actualización y desactivación del Certificado Seace para ejercer control, fiscalización y seguimiento. Funcionario que suscribe: Jefe de Administración o quien haga sus veces.
- Formato E: Solicitud de emisión, actualización y desactivación del Certificado Seace para proveedor exceptuado – Entidad del Estado. Funcionario que suscribe: Jefe de Administración o quien haga sus veces.
- Formato H: Solicitud de atención de corrección de datos en el Seace. Funcionario que suscribe: Jefe de Administración o quien haga sus veces.
Asimismo, a efectos de fomentar que los operadores del Seace posean las competencias necesarias, se establece como requisito para la obtención del Certificado Seace que los “funcionarios – usuarios” cuenten con la Certificación de profesional o técnico otorgado por el OSCE. La implementación de esta medida se realiza de manera progresiva, conforme a los cronogramas que publique el OSCE.