Derecho
Según lo indicado en la Resolución Administrativa N° 000134-2023-CE-PJ, este programa fue elaborado por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial.
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Esta iniciativa se alinea conforme a lo acordado en la cláusula octava del convenio colectivo a nivel centralizado, que establece la obligación de las entidades para que se implementen acciones destinadas a promover la alimentación adecuada de los trabajadores.
La naturaleza de este vale no es remunerativa ni pensionable ni base de cálculo para ningún beneficio, y está condicionada a la disponibilidad presupuestal, y a la evaluación del plan de cada año
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— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) April 15, 2023
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