• MIÉRCOLES 6
  • de mayo de 2026

Economía

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Pesca: actividades extractivas de jurel concluyen a las 00:00 horas

Medida de Produce es para embarcaciones de mayor escala y busca garantizar el aprovechamiento sostenible de este recurso.

Mediante Resolución Ministerial N º 000118-2023-Produce, publicada en la edición extraordinaria de las normas legales del diario oficial El Peruano, también se dispuso que los armadores de embarcaciones de mayor escala puedan desembarcar jurel, siempre que demuestren haber contado con autorización de zarpe de fecha anterior a la vigencia de la conclusión de las actividades extractivas.

Además, el procesamiento, almacenamiento, comercialización y transporte debe contar con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el referido recurso proviene del desembarque realizado antes de la fecha señalada.

El Instituto del Mar del Perú (Imarpe), en el marco del seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del jurel, informa y recomienda al Produce las medidas de manejo pesquero que resulten necesarias para el aprovechamiento sostenible del citado recurso, en función de las nuevas evidencias científicas disponibles.


La norma indica que el incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución ministerial será sancionado conforme a la Ley General de Pesca, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes.

Las direcciones involucradas del Ministerio de la Producción; así como las dependencias pesqueras de los gobiernos regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma.

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