Derecho
Periodista
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Al efectuar un balance de su labor en defensa de los compradores y usuarios en esta fecha, precisó que el año pasado atendió 109,363 reclamos. Uno de los sectores con más demandas de este tipo fue el sistema financiero, con 39,411, seguido de telecomunicaciones (9,004), transporte aéreo (7,385), comercio minorista de textiles (6,253) y servicios profesionales (5,397), detalló.
Resoluciones
Estas acciones del Indecopi de priorizar la atención de los reclamos y derechos de los consumidores en forma rápida no imposibilitaron que imponga sanciones a los proveedores que infringen la normativa vigente.
Así, en los últimos cuatro años, por resoluciones firmes en sede administrativa, la institución aplicó 30,570 sanciones con multas totales que llegan a las 56,284.1 unidades impositivas tributarias (UIT), a escala nacional.
Los proveedores del sistema financiero fueron los más sancionados y multados en ese período, pues recibieron 8,717 sanciones y 9,415.1 UIT en multas; seguidos por el servicio de transporte aéreo, con 2,532 sanciones y 9,415.1 UIT en multas.
En el tercer lugar se ubicó el sector construcción e inmobiliario, con 2,043 sanciones y multas por 6,353.8 UIT; el servicio de transporte terrestre y otros tipos de transporte llegaron a las 1,592 sanciones y multas por 8,330.6 UIT; y en quinto lugar se situaron las agencias de viaje con 1,486 sanciones y 3,746.2 UIT en multas.
Código
La labor de la entidad se vinculó también a las modificaciones que se efectuaron al Código de Protección y Defensa del Consumidor, iniciativas que surgieron desde el Parlamento, en las que participó con sus opiniones técnicas.
Una de ellas es la reducción del plazo de atención de los reclamos que los consumidores presentan mediante el libro de reclamaciones. Así, se modificaron los artículos 24 (referido al servicio de atención de reclamos) y 150 (referido a la entrega del libro de reclamaciones), enfatizó.
Antes, explicó, la norma establecía un plazo de 30 días calendarios para que los proveedores atiendan los reclamos de los usuarios o consumidores y les otorgaba la posibilidad de prorrogarlos. Así, muchos consumidores veían afectadas sus expectativas de lograr justicia a tiempo.
Con la modificación, refirió, el plazo se redujo a 15 días hábiles. De esta manera, los consumidores pueden ejercer en mejores condiciones su derecho fundamental al reclamo, incluido el Código de Protección y Defensa del Consumidor, anotó.
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Contratos
El Indecopi recordó también que el 28 de julio del 2022 se publicó otra modificación al Código que busca mejorar la protección mínima del contrato de consumo y consiste en regular la obligación del proveedor de entregar los documentos de este contrato (en copia física o virtual) en un máximo de 15 días hábiles, contados desde que recibió la solicitud del consumidor. Los proveedores se harán responsables de dejar constancia de la entrega de los documentos al consumidor.
Si la contratación se realizó por vía electrónica, telefónica o bajo cualquier sistema de atención automatizada, asistido por inteligencia artificial o asistente digital, el proveedor será responsable de acreditar que la información fue puesta oportunamente a disposición del consumidor y que este aceptó los términos contratados. Cuando el consumidor solicite copia de los documentos que acrediten la contratación, aplicará el plazo establecido en la norma y será el proveedor el responsable de su entrega, recalcó.
De esta manera, se garantizará que el consumidor haya recibido toda la información relevante sobre los derechos y obligaciones a los que se compromete en una contratación, señaló el Indecopi, en su calidad de autoridad nacional en materia de protección del consumidor.
La institución impulsó, además, la Política Nacional de Defensa del Consumidor, que ya se encuentra en su última etapa. La finalidad es seguir mejorando el marco jurídico vigente y contar con herramientas legales que fortalezcan la protección de los consumidores, puntualizó.
Acciones de coordinación
En lo que respecta a las acciones de coordinación, en el seno del Consejo Nacional de Protección del Consumidor, el Indecopi reveló que se desarrolló un trabajo interinstitucional para la integración del marco normativo, así como para el fortalecimiento de las actividades que se efectúan a favor de la ciudadanía.
Durante el 2022, detalló, se desarrollaron cuatro sesiones descentralizadas con la finalidad de lograr un acercamiento con la ciudadanía de las regiones Ica, Cajamarca, Lambayeque y Cusco, lo cual permitió conocer la realidad de sus necesidades y problemáticas y brindar fórmulas de solución mediante políticas públicas.
Por ejemplo, en Ica se identificó que su problemática principal estaba relacionada con los sobrevuelos turísticos y el saneamiento de la ciudad; mientras que en Cajamarca se vinculaba con el sector transporte, informó. En Lambayeque, reveló, los problemas principales se relacionaban con las personas con discapacidad; y en Cusco los inconvenientes más importantes estaban relacionados con el turismo.
Fecha
24/11 de 1992 es la fecha en la que se publicó el Decreto Ley N° 25868, que creó el Indecopi.
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