• MARTES 28
  • de abril de 2026

Derecho

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DERECHO

Emergencia por lluvias: Indecopi monitorea que se respeten derechos de los consumidores

Principalmente en los servicios de transporte interprovincial, turismo, educativo, entre otros.

Precisamente, hoy, en el Día Mundial de los Derechos del Consumidor; y, en este contexto de emergencia, la institución, a través de la campaña #Consumidor Informado y de la Guía para los Consumidores en Situaciones de Emergencia en el Perú: https://bit.ly/3l8KJ3t, que vela por el bienestar del consumidor, principalmente en los servicios de transporte interprovincial, turismo, educativo, entre otros.
 
Asimismo, exhorta a las empresas de transporte terrestre a cumplir con sus rutas y no desviarse del camino ya que ello pondría en riesgo a los pasajeros. 
Transporte interprovincial terrestre y aéreo.

Las empresas de transporte terrestre deben informar las restricciones o interrupciones de las vías a través de las cuales prestará el servicio contratado y, de cómo ello afecta dicho servicio.

Asimismo, las aerolíneas deben informar el estado de su vuelo y de su eventual cancelación y/o reprogramación, precisando si ello se debe a la emergencia climática.
El consumidor puede postergar la realización del servicio o solicitar el reembolso del dinero que pagó por este. 

La empresa debe mantener activos sus canales de consulta y/o reclamación, para facilitar la información sobre sus servicios a los consumidores.
 
Colegios privados

Los colegios deben informar de manera inmediata a los padres de familia si la emergencia sanitaria ha afectado la prestación del servicio educativo, a fin de cautelar la integridad de sus estudiantes.  

Los colegios deberán mantener habilitados sus canales de atención, a fin de facilitar la información sobre la prestación del servicio educativo. 

En el caso de movilidades escolares, es importante recordar que los padres de familia deben coordinar con los encargados de la movilidad, la forma en que se recuperará o reprogramará el servicio, en caso éste fuera suspendido. 
 
Servicios financieros

Si se cuenta con un crédito hipotecario o de consumo (incluye tarjeta de crédito), con una empresa del sistema financiero, se puede consultar con la empresa si es posible acceder a una reprogramación del crédito.

En caso se encuentre inoperativo algún canal de atención físico para operaciones financieras (agencia, cajeros automáticos, agente corresponsal), la entidad financiera debe informar sobre esta situación y el tiempo que dure esta medida, así como los canales alternativos.
 
Electricidad

Si el servicio de electricidad se interrumpe injustificadamente por periodos superiores a cuatro horas continuas, en el recibo del próximo mes se debe compensar la energía que se dejó de recibir durante el periodo anterior.

Si hay caídas de cables o postes de alumbrado público se debe comunicar de manera inmediata con la empresa concesionaria del servicio. Si la empresa no actúa a la brevedad posible, se debe comunicar con el Osinergmin.
 
Agua y alcantarillado

Si no se cuenta con el servicio de abastecimiento de agua, la Empresa Prestadora de Servicios (EPS) no podrá cobrar por el tiempo que no se recibió el suministro. En caso la demora sea superior a las 18 horas, la empresa prestadora debe proveer el suministro del agua a través de cisternas o puntos fijos de abastecimiento. Si esto no ocurre, se debe llamar a la Sunass.
 
Recuerde que las empresas prestadoras de servicios básicos deben contratar una póliza de seguro con cobertura por responsabilidad civil por daños a bienes y personas. 

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