Derecho
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal del Indecopi mencionó que la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) cuenta con competencia para crear, modificar y suprimir, entre otros, tasas y derechos municipales.
Dicha competencia, no obstante, debe ejercerse dentro de los límites establecidos por el artículo 70 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo 156-2004-EF, que dispone que las tasas por servicios administrativos no deben exceder el costo de la prestación de estos.
En tal sentido, dispuso que la imposición de un cobro en función a las caras del anuncio publicitario resulta ilegal porque la MML, durante la tramitación del procedimiento, no acreditó de qué modo el servicio que presta se intensifica cuando un anuncio cuenta con varias caras y, por tanto, que el cobro que efectúa responda a la prestación efectiva del servicio.
La barrera burocrática ilegal se encuentra materializada en el artículo 65 de la Ordenanza2348-2021-MML.
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