• SÁBADO 14
  • de marzo de 2026

Derecho

FOTOGRAFIA

Mañana vence plazo para efectuar aportes al reglamento de publicidad estatal

Las propuestas y recomendaciones para mejorar dicho documento pueden remitirse a la dirección de correo electrónico publicidadestatal@pcm.gob.pe o vía la mesa de partes de la Presidencia del Consejo de Ministros, en documentos dirigidos con atención a la Secretaría de Comunicación Social de la referida dependencia del Ejecutivo.

[Lea también: Precisan impacto de los pagos regulares a favor del trabajador]

La ley 28874 regula el manejo de la publicidad estatal. Esta fue modificada mediante la ley 31515, que a su vez es materia del proyecto de reglamento para el cual se han pedido aportes ciudadanos.

El objetivo de la norma es el de descentralizar los mensajes de las instituciones del Estado a fin de garantizar el derecho de los ciudadanos a recibir información en igualdad de condiciones a través de medios de comunicación nacionales, regionales y locales.

El concepto de publicidad estatal comprende la promoción de conductas que tengan relevancia social y difundan políticas públicas, planes y programas en ejecución, por parte del gobierno nacional y de los gobiernos regionales y locales.


Lea también en El Peruano

Suplemento Jurídica

Líneas horizontales


Jurídica 827: Quinta categoría: Inafectaciones[Nuevo]
Pautas para trabajadores y empleadores
Jurídica 826: Junta de Resolución de Disputas
Mecanismo que ayuda a evitar desacuerdos.
Jurídica 825: Seguridad y salud laboral
A propósito del nuevo esquema de teletrabajo y las medidas de prevención de riesgos psicosociales por aplicar.

Noticias relacionadas:

Líneas horizontales


Oficializan regulación de la tenencia compartida
Indecopi entrega registros de marca
Poder Judicial promueve su plan estratégico institucional 2021-2030