Derecho
Según indicó la usuaria mediante las redes sociales, el restaurante no le habría permitido el ingreso con su perro guía, del que depende para su traslado, conducta que podría considerarse una infracción al deber de idoneidad y comisión de actos de discriminación que vulnera los artículos 19° y 38 del Código.
Los resultados de esta fiscalización serán remitidos a la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del Indecopi, a fin de que evalúe el inicio de un procedimiento administrativo sancionador. De confirmarse la responsabilidad del proveedor, este podría ser multado con 450 UIT (2 070 000 soles).
Es importante recalcar que los proveedores deben prestar los servicios al consumidor de manera idónea y que todo acto de discriminación contra sus clientes y posibles clientes está prohibido.
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Asimismo, la Ley N° 29830, que promueve y regula el uso de perros guía por personas con discapacidad visual, establece que los ciudadanos con este tipo de discapacidad tienen derecho a acceder y permanecer con su perro guía en su centro de estudios, en su centro de trabajo o en cualquier otro lugar donde se preste servicios públicos o privados.
Al respecto, el presidente ejecutivo del Indecopi, Julián Palacín Gutiérrez, rechazó todo acto de discriminación en materia de consumo y aseguró que la institución continuará tomando acción en el marco de sus competencias, a fin de evitar que este tipo de conductas se repitan en el mercado.
Además, manifestó que desde el 2019 el Indecopi integra la Comisión Nacional contra la Discriminación (Conacod), órgano multisectorial, presidido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que realiza acciones en materia de igualdad y no discriminación.
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El @IndecopiOficial impuso 1,408 sanciones a 26 empresas en los últimos años https://t.co/xIfD4znbR9
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) June 8, 2022
La institución expuso ante Comisión del Congreso las acciones que viene impulsando para proteger a los consumidores. pic.twitter.com/EGUeetX2tX
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