• SÁBADO 4
  • de abril de 2026

Derecho

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Sutran: Pago de infracciones se podrá realizar con tarjetas de crédito o débito de manera online

La Sutran puso en operación su plataforma virtual para pagos en línea con la finalidad de facilitar a los usuarios el cumplimiento de sus obligaciones.

Esta nueva herramienta digital permitirá a los administrados realizar el pago de sus obligaciones de una manera más rápida, segura y efectiva, en cualquier horario del día y sin salir de casa. 

Durante esta primera etapa de implementación, la plataforma de pagos virtuales de la Sutran tendrá habilitada, únicamente, la opción para el pago de papeletas por infracciones con código M20 (No respetar los límites máximo o mínimo de velocidad establecidos), así como para las actas de control con código de infracción F.1, F.3, F.6, F.7, S.7, S.8, i.7 y V.6. 

Para realizar el pago en línea, los administrados deberán crear, previamente, un usuario y contraseña en la plataforma Sutran Virtual y tener habilitada su casilla virtual del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).  

Pasos a seguir:

- Ingresa aquí y completa los datos solicitados 

- Busca y selecciona la infracción a pagar

- Verifica el importe a cancelar

- Seleccionar el medio de pago en la pasarela de pagos y confirmarlo

Genera tu constancia de pago 

Para el caso de las papeletas de infracción con código M20, se generará automáticamente la Resolución Subgerencial que dispone el archivo del procedimiento administrativo sancionador en mérito al pago realizado por el administrado, la misma que puede ser descargada en formato PDF.

Para el caso de las Actas de Control con código de infracción F.1, F.3, F.6, F.7, S.7, S.8, i.7 y V.6 se podrá generar la cita correspondiente para el recojo de placas y licencias, en el mismo modulo, de corresponder.

Restricciones

No podrán procesarse los pagos en línea en los siguientes casos:

-Papeletas de infracción y actas de control que cuenten con expediente coactivo o con fraccionamiento vigente.

-Solo se visualizarán Papeletas de infracción y actas de control desde el 2019 en adelante.

-No podrán procesarse los pagos en línea de aquellos códigos de infracción diferentes al M20, F1, F.3, F.6, F.7, S.7, S.8, I.7 y V.6.

-Actas de control que cuentan con medida preventiva de internamiento de vehículo toda vez, que debe considerarse los gastos por grúa y depósito.

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