• DOMINGO 10
  • de mayo de 2026

Derecho

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Reglamento interno de edificios y complejos habitacionales sería de cumplimiento obligatorio

Así lo propone el proyecto de Ley del Régimen de Propiedad Horizontal que alista el Ministerio de Vivienda.

Así lo dio a conocer la viceministra de Vivienda y Urbanismo, Cecilia Lecaros Vértiz, que señaló que el portafolio elabora esta propuesta que posibilitará la regulación del régimen de propiedad horizontal en aquellas edificaciones –como edificios, conjuntos habitacionales y otros tipos que se vienen desarrollando en las últimas décadas– que comparten bienes y servicios comunes.

La viceministra mencionó que el MVCS recibe frecuentemente consultas de ciudadanos sobre problemas de convivencia entre propietarios, arrendadores y poseedores, el cobro de obligaciones económicas de los propietarios, la falta de reconocimiento y representación legal de propietarios, procedimientos complicados para inscribir las propiedades ante Registros Públicos, carencia de reglamento interno o de junta de propietarios, entre otros.

En la actualidad, el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común está regulado por la Ley N° 27157 de 1999. Sin embargo, el MVCS advierte que debido a que el mercado inmobiliario y la tipología de edificaciones han cambiado drásticamente en las dos últimas décadas, se hace necesario un marco legal que los regule adecuadamente.

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Entre otros temas se planteará en la propuesta normativa que el reglamento interno de un edificio o complejo habitacional sea considerado un instrumento legal de cumplimiento obligatorio, que regula los derechos y obligaciones de los propietarios, y la relación de bienes y servicios comunes.

Además, el proyecto de ley contendrá los procedimientos para que la junta de propietarios apruebe la ejecución de obras de sobreedificación (construir en las azoteas) o subedificación (construir nuevos sótanos), ampliación y remodelación, previo a la solicitud de la licencia municipal.

Una vez que concluya la elaboración de la propuesta legal en el MVCS, el proyecto de ley será enviado al Consejo de Ministros para su aprobación y posterior remisión al Congreso de la República, donde deberá ser debatido y, eventualmente, aprobado.

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