Opinión
Socio en Guzmán Napurí & Segura Abogados
Y, como es evidente, el servicio civil se dirige también hacía los administrados, teniendo en cuenta que se deben tramitar los procedimientos y prestar los servicios con calidad, que implica la satisfacción del cliente, que es, en este caso, el administrado.
Ahora bien, un elemento clave del servicio civil es la idoneidad de los servidores, que a su vez constituye un principio de la función pública en el contexto de la ética pública.
La Ley del Código de Ética de la Función Pública establece este principio como la aptitud técnica, legal y moral que debe poseer todo servidor, que es una condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública.
En primer lugar, la aptitud técnica está referida al conocimiento y la experiencia que son necesarios para el ejercicio de un cargo determinado, sin la cual no se puede obtener resultados favorables ni se puede satisfacer los derechos e intereses de los administrados de manera eficiente.
En segundo lugar, la aptitud legal se encuentra referida al ejercicio de la competencia como se encuentra establecida en el ordenamiento jurídico.
Como señala el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, las autoridades administrativas deben someterse de manera estricta al ordenamiento jurídico.
En tercer lugar, la aptitud moral se encuentra referida directamente al principio de probidad, que conforme a la norma antes señalada se define como la actuación con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona.
Ello implica una actuación respetando los valores que son necesarios para una actuación que no genere daños a la administración pública.
Así, la idoneidad constituye un principio esencial al momento de implementar el servicio civil que irradia a toda la administración pública para lograr un funcionamiento eficiente, y que debe destacarse tanto para el ingreso, permanencia y ascensos en la carrera.
Por ello resulta indispensable que, en tanto se culmina la implementación de la Ley Servir, las autoridades a cargo de liderar las diferentes entidades de la administración pública incorporen y tutelen el principio de idoneidad en las designaciones y nombramientos que realicen, pues solo así se podrá brindar un mejor servicio a los ciudadanos.
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