Derecho
La Resolución N° 0352- 2021-CE-PJ indica que la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, en mérito a lo solicitado por la jueza del Juzgado Civil Transitorio de Tumbes, consultó si existía autorización del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para que los órganos jurisdiccionales efectúen diligencias externas.
El referido órgano jurisdiccional, señala, cuenta con una “numerosa carga procesal en la que se encuentran pendientes de realización sendas diligencias externas (inspecciones judiciales, lanzamientos, entre otras) sin las cuales no es factible emitir pronunciamiento final sobre la causa materia de litis”.
“Por lo que, en el escenario antes anotado existe una barrera para que pueda cumplir con los estándares de producción establecidos por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, circunstancia que también se presenta en otros órganos jurisdiccionales del citado distrito judicial, que a la fecha no pueden resolver los procesos judiciales pendientes de la realización de diligencias externas”, agrega.
Ante este panorama, la resolución precisa que con el fin de normalizar el servicio de administración de justicia a escala nacional, y a su vez preservar la salud de jueces y personal auxiliar por la pandemia que atraviesa el país, era “necesario establecer que sí se pueden efectuar diligencias externas por parte de los órganos jurisdiccionales; observando para ello las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud”.
El CEPJ aclara también que el horario de trabajo presencial diario en dos turnos, mañana y tarde, establecido en la Resolución N° 0351-2021-CE-PJ por razones de aforo, solo incluye al personal jurisdiccional y administrativo.
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La mencionada norma fijó que las labores en el Poder Judicial, del 1° al 30 del presente mes, se ejecuten mediante jornada de trabajo mixta con un primer turno de 7:45 a 12:45 horas y un segundo de 13:30 a 18:30 horas. Ambos se complementarán con tres horas de labores remotas, agrega.
En sus considerandos, la Resolución N° 0367-2021-CE-PJ revela que para continuar brindando un adecuado servicio de administración de justicia a la ciudadanía es necesario precisar los alcances de la Resolución N° 0351-2021-CE-PJ.
En un comunicado posterior, el Poder Judicial subraya que la asistencia diaria, en dos turnos, solo se aplicará a los servidores judiciales y administrativos por la necesidad de garantizar las medidas sanitarias vigentes. Los jueces efectuarán el trabajo presencial en un solo turno, enfatiza.
Por su parte, la Resolución N° 0368-2021-CE-PJ dispuso que a partir del 17 de diciembre del 2021 se habilite en la Corte Superior de Justicia de Piura el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral, el cual lo constituirán el Primer, Segundo, Tercer, Cuarto y Quinto Juzgados Civiles de Piura.
A la par, determinó también que se apliquen las normas incluidas en la Resolución N° 049-2020-CE-PJ, del 29 de enero del 2020, y la Resolución N° 015-2020-P-CE-PJ, del 4 de febrero del 2020, “en cuanto resulta pertinente al Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Piura”.
La reunión anual 2021 de los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país se efectuará de manera presencial en el auditorio del edificio Carlos Zavala, situado en el Cercado de Lima, el 18 y 19 del presente mes.
En la cita, programada de 8:00 a 17:00 horas, participarán también los gerentes de Administración Distrital y/o jefes de las Oficinas de Administración Distrital.
El Poder Judicial publicó la Resolución N° 0118-2021-P-CE-PJ que fija el nuevo lugar, pues en una norma anterior se había definido como punto del encuentro la sede Anselmo Barreto.
El edificio Carlos Zavala se ubica en el jirón Manuel Cuadros N° 182, al costado del Palacio de Justicia.
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El Tribunal Constitucional (@TC_Peru) declaró inconstitucional, por unanimidad, la cuarta legislatura aprobada en el anterior Congreso.
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) November 12, 2021
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