PODER EJECUTIVODeclaran Estado de Emergencia en varios distritos de la provincia de Islay del departamento de Arequipa y de la provincia de General Sánchez Cerro del departamento de Moquegua, por peligro inminente ante contaminación hídrica
El Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia en varios distritos de la provincia de Islay del departamento de Arequipa y de la provincia de General Sánchez Cerro del departamento de Moquegua, por peligro inminente ante contaminación hídrica, por el plazo de 60 días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 077-2024-PCM los Gobiernos Regionales de Arequipa y Moquegua, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio del Ambiente, del Ministerio de la Producción, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente,
así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.
Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
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PODER EJECUTIVO
Prorrogan el Estado de Emergencia declarado en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa
El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de 30 días calendario, a partir del 3 de agosto del 2024, el Estado de Emergencia declarado en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, incluyendo los 500 metros adyacentes a cada lado de la vía.
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 078-2024-PCM la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
Durante la prórroga del Estado de Emergencia en la circunscripción señalada, se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú.
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PODER EJECUTIVO
Prorrogan el Estado de Emergencia declarado en la provincia de San Román del departamento de Puno
El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de 30 días calendario, a partir del 5 de agosto del 2024, el Estado de Emergencia declarado en la provincia de San Román del departamento de Puno.
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 079-2024-PCM la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno.
Durante la prórroga del Estado de Emergencia en la circunscripción señalada, se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú.
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PODER EJECUTIVO
Aprueban procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados del sector agrario y de riego, cuya tramitación es de competencia de los gobiernos regionales
El Poder Ejecutivo aprobó cinco procedimientos administrativos y cuatro servicios prestados en exclusividad estandarizados del sector agrario y de riego a cargo de los gobiernos regionales.
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 080-2024-PCM son: un procedimiento administrativo estandarizado en materia de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales, cuatro servicios prestados en exclusividad estandarizados en materia de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales, y cuatro procedimientos administrativos estandarizados en materia forestal y de fauna silvestre.
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MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban los “Lineamientos para la formulación del Plan Maestro de Gestión del Bosque de Producción Permanente”
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, mediante el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobó los “Lineamientos para la formulación del Plan Maestro de Gestión del Bosque de Producción Permanente”.
De acuerdo con la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000184-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE dichos lineamientos han sido elaborados en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y el Reglamento para la Gestión Forestal; y recogen los comentarios y aportes evaluados por la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, que devienen de un proceso de participación ciudadana.
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MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Disponen la publicación del proyecto de “Estrategia para la implementación de intervenciones orientadas a la atención de las personas autistas”
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) dispuso la publicación del proyecto de “Estrategia para la implementación de intervenciones orientadas a la atención de las personas autistas” en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y la Sede Digital del Condis (www.gob.pe/conadis).
De acuerdo con la Resolución de Presidencia N° D000154-2024-CONADIS-PRE se establece un plazo de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de esta norma, para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.
Por ende, se dispone que la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia publique el plan de consulta, realice las acciones de difusión, así como la recepción, sistematización y evaluación de los aportes, sugerencias y/o comentarios que se presenten con relación al citado proyecto.
Para tal efecto, se habilita la Mesa de Partes Virtual del Conadis
(mesapartes@conadisperu.gob.pe), la dirección de correo electrónico: derechodeconsulta@conadisperu.gob.pe, la Plataforma de Consulta Ciudadana en Discapacidad: https://sistemas.conadisperu.gob.pe/dpdnormativos/ y otros canales que se estimen pertinentes para recoger los aportes, sugerencias y/o comentarios de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.
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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban la “Guía de Diseño para Tambos Camioneros o Truck Centers”
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), mediante la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, aprobó la “Guía de Diseño para Tambos Camioneros o Truck Centers”,
De acuerdo con la Resolución Directoral N° 016-2024-MTC/18 el documento establece los criterios técnicos generales y referenciales de diseño para plataformas logísticas de titularidad pública de apoyo al transporte, del tipo Truck Centers o Tambos Camioneros; asegurando condiciones de funcionalidad, habitabilidad y seguridad que repercute positivamente en la competitividad nacional y va en línea con los objetivos sectoriales del sector transporte y la priorización dada en el Plan Nacional de Servicios e Infraestructura Logística elaborado por el MTC.
Se dispuso la publicación de la guía en el Portal Institucional del MTC (www.gob.pe/mtc).
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OSINERGMIN
Aprueban “Procedimiento de Inscripción en el Registro de empresas inspectoras para efectuar la prueba de inspección de hermeticidad del sistema de tanques enterrados (STE) de Combustibles Líquidos y OPDH
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó el “Procedimiento de Inscripción en el Registro de empresas inspectoras para efectuar la prueba de inspección de hermeticidad del sistema de tanques enterrados (STE) de Combustibles Líquidos y OPDH”, mediante la Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 151-2024-OS/CD.
A su vez aprobó el cronograma aplicable a los operadores de STE a fin de que acrediten a Osinergmin la realización de las inspecciones de hermeticidad de los STE de acuerdo al artículo 7° del Anexo del Decreto Supremo N° 001-2022-EM.
Dicho cronograma inicia el primer día calendario del mes siguiente de la entrada en vigencia de la citada resolución, y culmina transcurridos 24 meses, divididos por estratos según ubicación geográfica.
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AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras hidráulicas multisectoriales en bienes naturales asociados al agua y sus anexos
La Autoridad Nacional del Agua (ANA) dispuso la publicación del proyecto de Reglamento para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras hidráulicas multisectoriales en bienes naturales asociados al agua y sus anexos, en el portal institucional de la entidad: www.gob.pe/ana, por diez días hábiles, a fin de que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias a la dirección electrónica: sgarcia@ana.gob.pe.
De acuerdo con la Resolución Jefatural N° 0285-2024-ANA se encarga a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos la recepción y análisis de los aportes y comentarios que se presenten respecto del proyecto de Reglamento.
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INEI
Aprueban el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de julio 2024
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) aprobó el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional (Base: Dic. 2021 = 100) correspondiente al mes de julio 2024, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada, mediante la Resolución Jefatural Nº 187-2024-INEI.
A su vez aprobó el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: Dic. 2021 =100), correspondiente al mes de julio 2024, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.
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INEI
Aprueban Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de julio de 2024
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) aprobó el Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, Base: Diciembre 2013=100, correspondiente al mes de julio de 2024, así como su variación porcentual mensual y acumulada, mediante la Resolución Jefatural N° 188-2024-INEI.
A su vez dispuso la difusión del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información oficial del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de julio de 2024.
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PODER JUDICIAL
Autorizan el “III Encuentro Interamericano de Servicios de Facilitadores Judiciales, Orientadoras Judiciales y Conciliadores en Equidad”
La Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autorizó el “III Encuentro Interamericano de Servicios de Facilitadores Judiciales, Orientadoras Judiciales y Conciliadores en Equidad”, que se llevará a cabo el 19 y 20 de setiembre del año en curso, en la ciudad de Lima, mediante la Resolución Administrativa N° 000098-2024-P-CE-PJ.
Por ende, se dispone la realización de una campaña de servicios en el marco del citado encuentro.
La citada actividad se desarrollará en coorganización de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad y el Programa Interamericano de Facilitadores Judiciales de la Organización de Estados Americanos.
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SBS
Aprueban la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) bajo supervisión de la UIF-Perú
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) aprobó la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), bajo supervisión de la Unidad de Inteligencia Financiera - Perú (UIF-Perú), mediante la Resolución SBS Nº 02648-2024.
La norma contiene disposiciones reglamentarias sobre la implementación del Sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, asimismo disposiciones relativas al conocimiento del cliente y beneficiario final.
Corresponderá a los PSAV implementar una política de debida diligencia en el conocimiento de sus trabajadores y directores, en el caso de que cuente con dicho órgano de gobierno.
Además, cuando el PSAV provea de servicios de activos virtuales a otro PSAV nacional o extranjero o una institución financiera, para mitigar los riesgos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva deberá contar con políticas y procedimientos para la prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva.
El PSAV, a través del oficial de cumplimiento, deberá elaborar y remitir a la UIF-Perú un informe anual sobre el cumplimiento de las políticas y procedimientos que integran el sistema de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo implementado en el año calendario anterior, denominado Informe Anual del Oficial de Cumplimiento (IAOC).
La norma publicada modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la SBS.
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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Dictan disposiciones complementarias para la implementación de una operación de endeudamiento y una emisión de bonos
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del miércoles 31 de agosto del 2024)
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dictó disposiciones complementarias para la implementación de una operación de endeudamiento y una emisión de bonos, mediante la Resolución Ministerial N° 240-2024-EF/52.
De acuerdo con la norma el importe de la emisión externa de bonos que, en una o más colocaciones, puede efectuar el Gobierno Nacional, en el marco de la aprobación contenida en los artículos 6° y 8° de la Ley N° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024, es por el importe equivalente de hasta US$ 3 000 000 000,00 (TRES MIL MILLONES y 00/100 DÓLARES AMERICANOS).
Mediante Resolución Directoral de la Dirección General del Tesoro Público, se determinará el importe de la emisión externa de bonos.
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