• DOMINGO 24
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

Información legal: Revise las principales normas legales publicadas del 21 de julio al 3 de agosto del 2024

Domingo 21 de julio del 2024


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Establecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento para el ingreso a la Perú de maquinarias agrícolas usadas y/o equipos agrícolas usados

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), mediante el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), estableció los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para el ingreso a la República del Perú, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de maquinarias agrícolas usadas y/o equipos agrícolas usados, indistintamente
de la cantidad, del uso, del país de origen y del país de procedencia, con la finalidad de garantizar un nivel adecuado de protección y minimizar el riesgo de ingreso de plagas cuarentenarias al país.

De acuerdo con la Resolución Directoral Nº D000027-2024-MIDAGRI-SENASA-DSV, que entrará en vigencia a partir del 1° de septiembre del 2024, las maquinarias agrícolas usadas y/o los equipos agrícolas usados que ingresen a la República del Perú deberán ser sometidos a métodos de limpieza interna y externa en el país de procedencia; inclusive, de ser necesario, podrán ser desmontados parcial o toralmente para asegurar que se encuentran libres de plagas y limpios de suelo (tierra) y/o restos vegetales.

Los métodos de limpieza que se podrán utilizar en el país de procedencia son: el lavado a presión, uso de vapor, aire comprimido, aspirados y otros que previamente se encuentren autorizados por el Sanasa.

Los países con presencia de Fusarium oxysporum f. sp. cubense Raza 4 Tropical (Foc R4T), además de aplicar los métodos de limpieza solicitados, deberán incluir el tratamiento de desinfección preembarque.

Además, los envíos de maquinarias agrícolas usadas y/o equipos agrícolas usados que ingresen a la República del Perú deberán venir amparados por el certificado fitosanitario emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de procedencia, consignando una declaración adicional conforme a determinados lineamientos que se especifican en la citada resolución directoral. Conozca la norma aquí


OSIPTEL
Aprueban la suspensión temporal de los bloqueos de equipos terminales móviles que se encuentren conectados a la red móvil nacional y que aún no se encuentran registrados en la Lista Blanca

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó la suspensión temporal de los bloqueos de equipos terminales móviles que se encuentren conectados a la red móvil nacional y que aún no se encuentran registrados en la Lista Blanca del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la seguridad (RENTESEG) hasta la aprobación de las nuevas disposiciones que se determinen en el Grupo de Trabajo Multisectorial conformado por el Ministerio del Interior.

De acuerdo con la Resolución de Consejo Directivo Nº 00193-2024-CD/OSIPTEL durante el periodo de suspensión, las empresas operadoras, a solicitud del Osiptel continuarán enviando
mensajes a los abonados que cuenten con equipos terminales móviles conectados a la red móvil nacional y que aún no se encuentran registrados en la Lista Blanca, conforme ha sido identificado en el Sistema RENTESEG.

Los equipos terminales móviles que no se encuentren en la Lista Blanca, pero se determine que es un equipo con IMEI adulterado (clonado e inválido) o cuando la autoridad competente reporte que ingresó por contrabando, el Osiptel ordenará el bloqueo del equipo, al igual que los equipos cuyo IMEI se encuentra registrado en la Lista Negra. Conozca la norma aquí


SUNAT
Postergan la oportunidad desde la cual deben llevar sus registros en el Sistema Integrado
de Registros Electrónicos determinados sujetos obligados a ello a partir del período
agosto del 2024

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) postergó del período agosto del 2024 al período enero del 2025, la oportunidad a partir de la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras mediante el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), determinados sujetos que se encuentren obligados a llevar los mencionados registros, con la finalidad de facilitarles la implementación de aquel sistema.

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nº 000145-2024/SUNAT desde el período agosto del 2024, aquellos sujetos que, al 31 de julio de 2024, se encuentren obligados a
llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, pertenezcan al Régimen Especial del Impuesto a la Renta o al Régimen MYPE Tributario creado por el Decreto Legislativo Nº 1269 y no comprendidos en supuestos especificados estarán obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos de manera Electrónica (RVIE) y el Registro de Compras de manera Electrónica (RCE) mediante el SIRE.

En tanto, desde el período enero del 2025, aquellos sujetos que, al 31 de diciembre del 2024, se encuentren obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras y
no estén comprendidos en supuestos especificados estarán obligados a llevar el RVIE y el RCE mediante el SIRE. Conozca la norma aquí


Lunes 22 de julio del 2024

DEFENSORÍA DEL PUEBLO
La Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la JNJ modificó su reglamento interno

La Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), presidida por el Defensor del Pueblo, modificó su reglamento interno para armonizarlo con el avance de las tecnologías de la comunicación y el dinamismo del actual concurso público de méritos para la elección del miembros de la JNJ.

De acuerdo con la Resolución de la Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la JNJ Nº 001-2024-CE se establece que el acto de notificación durante las etapas del proceso de selección se realizará en la dirección de correo electrónico brindado por el postulante al momento de registro de su postulación, para lo cual brindará su consentimiento expreso.

Además, al ser la Secretaría Técnica Especializada de aquella comisión especial un órgano de apoyo a esta, que tiene carácter permanente, se dispone la implementación, con el mismo carácter, de un portal web institucional que contenga información institucional, datos sobre los concursos o convocatorias realizadas, así como otra información relevante de interés público.

Para tal efecto se modifican los artículos 8°, 12°, 16° y 24°, y la Primera Disposición Final del Reglamento Interno de la citada comisión especial, aprobado mediante la Resolución Nº 002-2019-CE, de fecha 1° de abril del 2019, y modificado mediante Resolución Nº 016-2019-CE, de fecha 27 de agosto del 2019. Conozca la norma aquí


DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Comisión especial convoca a concurso público de méritos para la elección de los miembros la JNJ y aprueba las bases de este proceso de selección

La Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), presidida por el Defensor del Pueblo, convocó a concurso público de méritos para una nueva elección de los miembros (titulares y suplentes) de dicha junta y aprobó las bases de este concurso.

De acuerdo con la Resolución de la Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la JNJ Nº 002-2024-CE, dicho proceso de elección constará de seis etapas: convocatoria de postulantes, evaluación de conocimientos, evaluación curricular, pruebas de confianza, entrevista personal y publicación del cuadro de méritos.

Para postular al cargo y ejercer como miembro de la JNJ, el postulante deberá tener en
consideración los requisitos mínimos establecidos en el artículo 156° de la Constitución Política del Perú y el artículo 10, numeral 10.1, de la Ley Orgánica de la JNJ vale decir: ser peruano de nacimiento; ciudadano en ejercicio; mayor de 45 años y menor de 75 años; y abogado

Además, el postulante deberá contar con experiencia profesional no menor de 25 años; o, haber ejercido la cátedra universitaria por no menos de 25 años; o, haber ejercido la labor de investigador en forma continua y comprobada en materia jurídica por lo menos durante 15 años; no tener sentencia condenatoria firme por delito doloso; y tener reconocida trayectoria profesional, solvencia e idoneidad moral.

Todo ello tomando en cuenta que de acuerdo con el perfil de miembro de la JNJ que se establece, este debe ser una persona honesta, con una trayectoria democrática de vida íntegra, proba e idónea para el correcto ejercicio profesional de sus funciones. Además, debe mantener un perfil de lucha constante contra la corrupción, con solvencia académica, independencia e imparcialidad.
Conozca la norma aquí



SBS
Modifican Reglamento de Auditoría Interna y el TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) modificó su Reglamento de Auditoría Interna y su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) mediante la Resolución SBS Nº 02535-2024.

De acuerdo con  la norma, la medida tiene por finalidad concordar la normativa sobre auditoría interna de la SBS con las Normas para la cobertura, recursos y pago de imposiciones cubiertas del Fondo de Seguro de Depósitos, con relación a la revisión anual de los procedimientos que la empresa correspondiente ha establecido y que utiliza en el cálculo de los montos de depósitos sujetos a cobertura y la prima pagada al Fondo de Seguro de Depósitos, que deberá estar a cargo de la Unidad de Auditoría Interna, independientemente de si la empresa financiera cuenta con la autorización para realizar un Plan de Auditoría Basado en Riesgos. Conozca la norma aquí


Martes 23 de julio del 2024

Minjusdh aprueba lineamientos para la destrucción y abandono de vehículos administrados por Pronabi

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó los lineamientos para la destrucción chatarrización y abandono de vehículos automotores administrados por el Pronabi, mediante la Resolución Ministerial N° 0182-2024-JUS.

El objeto es normar el proceso de destrucción total o chatarrización de los vehículos automotores en estado de inservible que son inscribibles en SUNARP, incluidos sus elementos y componentes, que se encuentren bajo la titularidad del Estado o de aquellos que están aún con medida cautelar vigente, se encuentran en situación de abandono.


Sector Justicia establece pautas para el arrendamiento de inmuebles por parte del Pronabi

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó el Lineamiento N° 04-2024-JUS/DM, denominado “Lineamiento que norma el arrendamiento de inmuebles administrados por el PRONABI, mediante la Resolución Ministerial N° 0183-2024-JUS. El objeto es precisar las pautas para ejecutar los procesos de administración y disposición de los bienes patrimoniales por parte del PRONABI, adecuando su actuación a las normas que rigen el proceso de extinción de dominio, así como en los procesos penales por delitos cometidos en agravio del Estado.

El PRONABI busca, entre otros, el arrendamiento de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias que son materia de una medida cautelar dentro del proceso de extinción de dominio, de los bienes cuya extinción de dominio haya sido declarada por la autoridad jurisdiccional a favor del Estado; así como, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias provenientes de una medida cautelar o decomiso conforme a lo resuelto por la autoridad competente en el marco de investigaciones y procesos penales, por delitos cometidos en agravio del Estado, siempre que puedan generar utilidad, La rentabilidad u otra ventaja que representa un interés económico relevante para el Estado.


CEPJ autoriza el XII Congreso Internacional de Derecho Procesal Penal

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) autorizó el XII Congreso Internacional de Derecho Procesal Penal, denominado “La Reforma Procesal Penal en el Perú: Análisis a 18 años de su aplicación”, que se llevará a cabo del 16 al 18 de octubre del año en curso, de 8:00 a 17:30 horas, en las instalaciones del auditorio Carlos Zavala Loayza, dirigido a presidentes y presidentas de Cortes Superiores, jueces y juezas penales, administradores y administradoras de los Módulos Penales, Ministerio Público, Defensa Pública y Ministerio del Interior.
 
De acuerdo con la Resolución Administrativa N° 000094-2024-P-CE-PJ, la reunión es organizado por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, en coordinación con la Secretaría Técnica de la Comisión de Implementación del Código Procesal Penal – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

La judicatura también otorgó el carácter oficial al citado congreso.


Midagri aprueba calendario regional de caza deportiva

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) aprobó el calendario regional de caza deportiva de especies de fauna silvestre no amenazadas, para el ámbito territorial de la administración técnica forestal y de fauna silvestre Ica, fuera de las áreas naturales protegidas por el Estado, con una vigencia de dos años, mediante la Resolución Administrativa N° D000086-2024-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-ICA.

La norma precisa que, para la práctica de la caza deportiva, en virtud del calendario regional aprobado, se debe contar con la respectiva licencia y autorización para la caza deportiva, documentos que son de uso personal e intransferible. La práctica de la caza deportiva debe efectuarse de acuerdo con la normativa vigente aplicable.

Midagri asimismo detalla las armas y calibres mínimos permitidos para la caza deportiva, al igual que las prohibiciones relacionadas con esta practica


Miércoles 24 de julio del 2024

PRODUCE
Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre cementos, secadoras, concreto y otros

El Ministerio de la Producción (Produce), mediante la Dirección de Normalización del Instituto Nacional de Calidad (Inacal), aprobó 19 normas técnicas peruanas referidas al análisis de biomarcadores moleculares; camote y sus derivados; cementos; agregados; servicios de educación y aprendizaje; secadoras; enchufes; dispositivos médicos; concreto; cuero; calzado; piezas fundidas de acero y hierro; seguridad y resiliencia; y sociedades que envejecen.

A la vez, deja sin efecto 12 normas técnicas peruanas referidas a tubérculos y raíces; cementos; agregados; tomacorrientes; dispositivos médicos; calzado; cuero; y piezas fundidas de acero, detalla la Resolución Directoral N° 013-2024-INACAL/DN. Conozca la norma aquí



CONCYTEC
Aprueban transferencias financieras por más de dos millones de soles a entidades públicas y otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas

El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec) aprobó las transferencias financieras a seis entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a cinco personas jurídicas privadas, por la suma de S/ 2’117,666.00 (Dos Millones Ciento Diecisiete Mil Seiscientos Sesenta y Seis y 00/100 Soles), en el contexto de lo dispuesto por la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación.

De acuerdo con la Resolución de Presidencia Nº 077-2024-CONCYTEC-P las entidades públicas favorecidas son: la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, el Instituto Tecnológico de la Producción, la Universidad Nacional de Frontera, la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, el Instituto Nacional de Salud y la Universidad Nacional Agraria La Molina.

En tanto, las personas jurídicas privadas favorecidas son las universidades Católica Sedes Sapientiae, Cayetano Heredia, Privada del Norte, San Ignacio de Loyola y, la Universidad de Ingeniería y Tecnología. Conozca la norma aquí


Jueves 25 de julio del 2024

Congreso formaliza designación de César Enrique Aguilar Surichaqui como contralor general de la República

El Congreso de la República publicó la Resolución Legislativa Nº 021-2023-2024-CR por la que se designa al contralor general de la república

Así en su artículo único procede a designar al señor César Enrique Aguilar Surichaqui en el cargo de Contralor General de la República, para el que fue propuesto por la señora Presidenta de la República.

Esto de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 y 101 de la Constitución Política del Perú y en el artículo 93 del reglamento del Poder Legislativo.


Congreso formaliza resolución legislativa que ratifica designación del superintendente de la SBS

Mediante la Resolución Legislativa del Congreso Nº 022-2023-2024-CR, el Congreso de la República ratificó la designación de Sergio Javier Espinosa Chiroque como nuevo superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP).

La decisión la asumió la Comisión Permanente del Congreso de la República, en uso de las facultades que le confiere el artículo 101, inciso 2, de la Constitución Política del Perú y el artículo 93 del Reglamento del Congreso.

Espinosa Chiroque fue nombrado por el Ejecutivo como Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Resolución Suprema 167-2024-PCM, publicada el 18 de julio de 2024.


Defensa formaliza el proceso de formulación de la Política Nacional Fluvial Amazónica

El Ministerio de Defensa formaliza el proceso de formulación de la política nacional fluvial amazónica, de carácter multisectorial, mediante la Resolución Ministerial N° 00745-2024-DE.

De acuerdo con la norma, la Dirección General de Política y Estrategia - DIGEPE, es el órgano de línea encargado de ejecutar las etapas del proceso de formulación de la Política Nacional Fluvial Amazónica, contando con el apoyo y participación de la Marina de Guerra del Perú, a través de la Dirección de Intereses Marítimos, en su calidad de órgano ejecutor del Ministerio de Defensa.


Servir aprueba manual operativo para la implementación y funcionamiento del programa piloto de crédito-beca

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) publicó el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000094-2024-SERVIR-PE.

El documento, de esta manera, resulta consistente con la normativa contenida en las disposiciones de creación, reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del citado Programa Piloto de Crédito – Beca.

Este programa, finalmente, tiene por objeto financiar, mediante la modalidad crédito-beca, los estudios de posgrado de profesionales que prestan servicios en las entidades del Estado bajo cualquier modalidad de contratación y que cuenten con admisión en los mejores programas de posgrado y programas académicos del mundo reconocidos por SERVIR, en áreas de ingeniería, ciencias básicas, ciencias de la salud, educación, ciencias agropecuarias y del medio ambiente, economía y gestión pública.


Gobierno otorga distinción meritoria de la cultura a la voleibolista Lucha Fuentes

El Gobierno otorgó la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora Luisa Estela Fuentes Quijandría, conocida como Lucha Fuentes, por su meritoria labor en el fomento de la inclusión y el respeto de la diversidad cultural a través del deporte, generando una convivencia equitativa con igualdad de oportunidades, constituyendo ello un valioso aporte a la pluralidad étnica y cultural de la Nación.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 000291-2024-MC, Luisa Estela Fuentes Quijandría, cuando tenía 14 años fue descubierta por Kato Akira y antes de cumplir los 15 años ya estaba jugando en Lima por el Colegio Divino Maestro.

Agrega que Fuentes Quijandría junto con la selección femenina de voleibol del Perú, alcanza seis títulos sudamericanos y cuatro subcampeonatos Panamericanos. Asimismo, ayuda a popularizar el deporte del voleibol en el Perú con numerosas giras que hizo con la selección a provincias.

En el año 2000, además, fue nominada por la Federación Internacional de Voleibol (FIVB) en la elección a la mejor jugadora del siglo XX. Además, desde el año 2012 forma parte del Salón de la Fama del Deporte Peruano, reconocimiento otorgado por el Comité Olímpico Peruano, junto a otros grandes del deporte peruano. En el año 2019 fue el último eslabón de la antorcha panamericana en los Juegos Panamericanos de Lima.

En esa línea, refiere que la Fundación Telefónica del Perú junto con el Ministerio de Educación y el Instituto Peruano del Deporte, crearon un programa denominado Academias Deportivas Escolares, donde prestó colaboración como profesora desde el año 2006 hasta el 2016. A través del deporte, fomenta la inclusión social y el respeto por la diversidad cultural, generando una convivencia equitativa con igualdad de oportunidades. Dicho mensaje llega a una gran cantidad de niños y jóvenes, tal es así que en el año 2009 se beneficiaron 2550 niñas, niños y jóvenes escolares de las edades de 9 a 14 años procedentes de 18 colegios de zonas urbanas marginales del país.


Viernes 26 de julio 2024

Ejecutivo amplía el Estado de Emergencia en diversos distritos de Madre de Dios

El Poder Ejecutivo prorrogó el Estado de Emergencia en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto de la provincia de Tambopata, y en los distritos de Madre de Dios y Huepetuhe de la provincia de Manu del departamento de Madre de Dios.

Mediante el Decreto Supremo N° 076-2024-PCM, se dispone que la Policía Nacional del Perú mantenga el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas. 

El objeto es continuar ejecutando operaciones policiales tendientes a combatir y neutralizar la tala y minería ilegal, así como sus delitos conexos (tráfico ilícito de drogas, contrabando, entre otros, perpetrados por delincuencia común y crimen organizado) que perturban el orden interno.


Gobierno propone reglamento de la Ley de gestión integral de sustancias químicas

EL Ministerio del Ambiente dispuso la publicación del proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo N° 1570 que aprueba la Ley de Gestión Integral de Sustancias Químicas y su anexo; así como el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y la exposición de motivos, mediante la Resolución Ministerial N° 00214-2024-MINAM.

Esta normativa establece obligaciones, atribuciones y responsabilidades de las entidades públicas y usuarios de sustancias químicas para su gestión integral, con la finalidad de proteger la salud de las personas y el ambiente a través de la adopción de medidas y mecanismos para la reducción de los riesgos asociados a la gestión integral de sustancias químicas a lo largo de su ciclo de vida.

Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado podrán ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, distrito de Magdalena del Mar, Lima o a la dirección electrónica a la normasdgca@minam.gob.pe.




MEM dispone plazo excepcional para adecuación de actividades de hidrocarburos a normativa ambiental

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) adoptó nuevas medidas para promover la adecuación excepcional de las actividades de hidrocarburos en curso a las obligaciones y normativa ambiental vigente.

Así, aprobó un nuevo plazo excepcional e improrrogable para la presentación del Plan Ambiental Detallado regulado a través de la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 023-2018-EM y el Plan de Abandono regulado a través de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 023-2018-EM, mediante el Decreto Supremo N° 013-2024-EM.

El MEM, de esta forma, advierte que aún existen titulares de hidrocarburos que no han adecuado ambientalmente las actividades que desarrollan; por lo que, excepcionalmente, resulta necesario otorgar un nuevo plazo improrrogable para la adecuación ambiental de actividades de hidrocarburos en curso a través del PAD. Observa, asimismo, que a la fecha, todavía se desarrollan actividades de hidrocarburos sin contar con instrumentos de gestión ambiental y, por lo tanto, sin contar con medidas de manejo ambiental debidamente aprobadas, lo cual no permite un adecuado manejo ambiental y control de la actividad, lo que podría generar riesgo a la salud y seguridad de las personas.


Produce aprobó el manual operativo y de atención de los Centros de Desarrollo Empresarial
El Ministerio de la Producción aprobó el Manual Operativo y de Atención de los Centros de Desarrollo Empresarial (CDE), mediante Resolución Directoral Nº 00002-2024-Produce/Tu-Empresa.

Los CDE, que operan como plataformas físicas y/o digitales, facilitan la constitución de personas jurídicas, conforme a la regulación prevista en la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, y demás disposiciones aplicables, para la formalización y desarrollo empresarial.

La finalidad es garantizar que la gestión de los Centros de Desarrollo Empresarial (CDE), que califica y autoriza el Ministerio de la Producción, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1332, sea efectiva y se oriente a brindar un servicio de calidad a los micro y pequeños empresarios a nivel nacional que requieren de sus servicios, fomentando su productividad y competitividad.

Por tanto, el CDE es de obligatorio cumplimiento y aplicación para las instituciones públicas o privadas, así como a las notarías, que cuentan con CDE calificados y autorizados por el Ministerio de la Producción. Asimismo, es de aplicación para los CDE gestionados directamente por el Programa Nacional “Tu Empresa”, en lo que les sea aplicable. 


Sábado 27 de julio del 2024

Decreto Legislativo N° 1622: modifican los artículos 3, 4 y 5 del Decreto Legislativo N° 1553, que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica

El Gobierno publicó Decreto Legislativo N° 1622 con el objeto modificar los artículos 3, 4 y 5 del Decreto Legislativo N° 1553, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de inversión pública y de contratación pública que coadyuven al impulso de la reactivación económica, a fin de ampliar los plazos previstos en los referidos artículos.

De esta manera, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo Nº 1553, Decreto Legislativo, que regulan disposiciones especiales sobre licencias de habilitación urbana o de edificación y elaboración de estudios ambientales para proyectos de inversión pública, respectivamente.

Además, se amplió hasta el 31 de agosto de 2025, lo dispuesto en el artículo 5, que regula las metodologías específicas aplicables a las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Conozca la norma aquí


Decreto Supremo N° 138-2024-EF: modifican los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, así como de diversas empresas y organismos públicos de los gobiernos locales

El Poder ejecutivo modificó los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos de diversos gobiernos regionales y municipios, así como de diversas empresas y organismos estatales de los gobiernos locales

El Decreto Supremo N° 138-2024-EF precisa que los detalles se encuentran en el Anexo I “Modificación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para financiar gasto corriente en el presupuesto institucional de diversos gobiernos regionales, establecido en el Decreto Supremo N° 006-2024-EF”.

Además, en el Anexo II “Modificación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para financiar gasto corriente en el presupuesto institucional de diversos gobiernos locales, establecidos en el Decreto Supremo N° 006-2024-EF”.

Se suma a la norma el Anexo III “Modificación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para financiar gasto corriente en el presupuesto institucional de diversas empresas y organismos públicos de los gobiernos locales, establecidos en el Decreto Supremo N° 006-2024-EF”.

Los titulares de las entidades bajo el alcance del mencionado decreto supremo serán los responsables de su adecuada implementación, así como del uso de los recursos comprendidos en la disposición, de conformidad con la normativa vigente. Conozca la norma aquí


Decreto Supremo N° 139-2024-EF: Modifican el Reglamento que establece la información financiera que se debe suministrar a la Sunat para que realice el intercambio automático de información conforme a lo acordado en los tratados internacionales y en las Decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina.

El Reglamento que establece la información financiera que se debe suministrar a la SUNAT para que realice el intercambio automático de información conforme a lo acordado en los tratados internacionales y en las Decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina, modificó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

El Decreto Supremo N° 139-2024-EF tiene por objetivo implementar algunas de las recomendaciones formuladas por el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales de la OCDE a raíz de la revisión por pares realizada al marco normativo de Perú que regula el intercambio automático de información de cuentas financieras.

Así también recoger una parte significativa de la regulación de los procedimientos de debida diligencia que deben aplicar las instituciones financieras para volver a determinar el estatus de las cuentas financieras como reportables cuando se produzca un cambio de circunstancias, la cual se encuentra en los Comentarios del Estándar Común de Reporte y que es aplicable actualmente en virtud del párrafo 3.1 del artículo 3 y del artículo 8 del Reglamento. Conozca la norma aquí


Resolución N° 0185-2024-JUS: Aprueban Lineamiento que regula la custodia temporal de los bienes administrados por el Pronabi

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó el Lineamiento N° 05-2024-JUS/DM, denominado ‘Lineamiento que regula la custodia temporal de los bienes administrados por el Pronabi’.

La Resolución Ministerial N° 0185-2024-JUS precisa que el objeto del documento es establecer las disposiciones para normar la custodia temporal de los bienes administrados por el Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi).

La norma define a la custodia como un mecanismo de carácter temporal que consiste en salvaguardar los bienes patrimoniales, a efectos que no sufran pérdida o robo ni pierdan su valor económico.

Señala, también, que está a cargo del Pronabi u otras entidades públicas o privadas o entidades financieras y que, en el caso de vehículos, inmuebles y otros se podrán entregar a entidades públicas que hayan presentado una solicitud de asignación en uso temporal por bienes de iguales o similares características, lo cual evaluará el programa. Conozca la norma aquí


Resolución N° 000246-2024-CE-PJ: suspenden, con efectividad del 9 hasta el 12 de julio de 2024, los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial.

El Poder Judicial suspendió, con efectividad del 9 al 12 de julio del presente año, los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos de la institución.

La Resolución Administrativa N° 0246-2024-CE-PJ señala que esta decisión se adopta en atención a los problemas de carácter técnico presentados con los servicios Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) y de la Mesa de Partes Electrónica (MPE).

Además, se dispuso que la Gerencia de Informática informe al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial respecto a las acciones realizadas para el adecuado funcionamiento de los sistemas informáticos que se vieron afectados en la fechas señaladas. Conozca la norma aquí.


Domingo 28 de julio del 2024

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Precisan aplicación de la suspensión del plazo de prescripción de la acción penal

El Poder Ejecutivo promulgó la ley, aprobada por el Congreso de la República, que precisa la aplicación de la suspensión del plazo de prescripción de la acción penal.

Se trata de la Ley N° 32104 que precisa la aplicación del párrafo segundo del artículo 84° del Código Penal, modificado por la Ley N° 31751, Ley que modifica el Código Penal y el Nuevo Código Procesal Penal para modificar la suspensión del plazo de prescripción.

De acuerdo con el artículo 84° del Código Penal si el comienzo o la continuación del proceso penal depende de cualquier cuestión que deba resolverse en otro procedimiento, se considera en suspenso la prescripción.

Para tal efecto, la suspensión de la prescripción no podrá prolongarse más allá de los plazos que se disponen para las etapas del proceso penal u otros procedimientos, teniendo en cuenta que en ningún caso dicha suspensión será mayor a un año.

En ese contexto, la Ley N° 32104 establece que la aplicación de esta suspensión de la prescripción se sujeta a las siguientes precisiones:

a) El plazo no mayor de un año dispuesto para la suspensión de la prescripción se aplica en mérito al plazo razonable que le asiste al imputado y a la pronta respuesta para la parte agraviada, en el marco de la política criminal del Estado peruano, basada en el sistema acusatorio garantista.

b) Dicho plazo es razonable y proporcional para resolver un hecho criminal tomando en cuenta
que se suma solo un año más a los tipos de plazos de prescripción que se establecen en la 
legislación vigente.

c) Para no atentar contra la tutela jurisdiccional ni contra el plazo razonable para el investigado
y el agraviado ni contra la seguridad pública o ciudadana, no se otorga un plazo mayor a lo
establecido en el párrafo segundo del artículo 84° del Código Penal. Conozca la norma aquí




MINISTERIO DE DEFENSA
Delegación de la Marina de Guerra del Perú participará en la XXVI Reunión del Comité de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada de la República de Colombia y la Marina de Guerra del Perú

El Ministerio de Defensa autorizó el viaje al exterior, en comisión de servicio, de oficiales de la Marina de Guerra del Perú, para que participen en la XXVI Reunión del Comité de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada de la República de Colombia y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 6 al 8 de agosto de 2024.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 00746-2024-DE con la cual para tal efecto dicho portafolio también autorizó la salida del país de ese personal militar el 5 de agosto y su retorno el 9 de agosto de 2024.

El personal naval comisionado más antiguo deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los15 días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. 

Asimismo, dentro del mismo plazo el personal designado efectuará la sustentación de viáticos correspondientes. Conozca la norma aquí


Lunes 29 de julio del 2024

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Incorporan disposiciones sobre las infraestructuras cerradas a la circulación vial de las escuelas de conductores y centros de evaluación

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), mediante la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, incorporó disposiciones relacionadas con las características de la infraestructura cerrada a la circulación vial para la instrucción y evaluación de habilidades en la conducción a los postulantes de licencias de conducir de la clase B exigibles a partir del 1° de enero de 2025.

De acuerdo con la Resolución Directoral N° 20-2024-MTC/18 se incorporan pautas relativas al área perimetral, a las zonas de maniobras, a las calzadas para la circulación vehicular, a la zonificación de tránsito, a la superficie de rodadura, a los elementos de seguridad, a la iluminación, a los elementos para la evaluación de los postulantes a una licencia de conducir y a las zonas de maniobras por clase y categorías de licencias de conducir.

Para tal efecto, se modifican el acápite III, el numeral 4.2 del acápite IV y los acápites VIII y IX de la Directiva N° 001-2016-MTC/15, que establece las “Características de la Infraestructura Cerrada a la Circulación Vial de las Escuelas de Conductores y Centros de Evaluación”, aprobada por la Resolución Directoral N° 3421-2016-MTC/15.

Además, se derogan los Anexos N° 1, N° 1-A, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 5-A, N° 6, N° 6-A, N° 7, N° 7-A, N° 8, y N° 8-A de dicha directiva, aprobándose una serie de anexos de la misma. 


Martes 30 de julio del 2024

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

Aprueban los lineamientos para la selección y designación de los integrantes de las comisiones de dirección transitoria, directorio y gerentes para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento

El Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobó los “Lineamientos para la selección y designación de los integrantes de las Comisiones de Dirección Transitoria, Directorio, Gerentes Generales, Gerentes de Línea, de Apoyo y de Asesoramiento para las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio” Versión 04, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 000019-2024-OTASS-CD.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, el OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional,
económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional que tiene
por objeto promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento.

En ese contexto, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 211° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2021-VIVIENDA, el Consejo
Directivo del OTASS, en ejercicio de sus facultades otorgadas como Junta General de  Accionistas, delega transitoriamente el ejercicio de las funciones y atribuciones del Directorio a una o más Comisión(es), integrada por tres profesionales de este organismo técnico. Esta comisión ejerce las funciones y atribuciones que el estatuto social de la empresa prestadora en el  Régimen de Apoyo Transitorio y la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, reservan para el Directorio de la empresa prestadora de servicios de saneamiento.

El OTASS dispuso la publicación de dichos lineamientos en la sede digital del OTASS (www.gob.pe/otass). Conozca la norma aquí


ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

Aprueban los lineamientos para la conformación y organización de las Comisiones de Dirección Transitoria de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal

El Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobó los “Lineamientos para la conformación y organización de las Comisiones de Dirección Transitoria de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal  que se encuentran en el Régimen de Apoyo Transitorio” Versión 1”, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 000020-2024-OTASS-CD.

Conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, el OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional que tiene por objeto promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento.

En ese contexto, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 211° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2021-VIVIENDA, el Consejo
Directivo del OTASS, en ejercicio de sus facultades otorgadas como Junta General de Accionistas, delega transitoriamente el ejercicio de las funciones y atribuciones del Directorio a una o más Comisión(es), integrada por tres profesionales de este organismo técnico. Esta comisión ejerce las funciones y atribuciones que el estatuto social de la empresa prestadora en el Régimen de Apoyo Transitorio y la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, reservan para el Directorio de la empresa prestadora de servicios de saneamiento.

El OTASS dispuso la publicación de dichos lineamientos en la sede digital del OTASS (www.gob.pe/otass). Conozca la norma aquí


Miércoles 31 de julio del 2024

MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban el Modelo Base Servicio de cuidado diurno para Niñas, Niños y Adolescentes en situación de Riesgo de Desprotección Familia

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) aprobó el Modelo Base Servicio 01: Servicio de cuidado diurno para Niñas, Niños y Adolescentes en situación de Riesgo de Desprotección Familiar, mediante la Resolución Ministerial N° 255-2024-MIMP.

De acuerdo con la norma, la implementación de este modelo se efectuará gradualmente según la planificación que establezca dicho portafolio, anualmente.

La Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes y el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar, serán responsables de la ejecución del citado modelo y de informar sus avances a la Oficina de Gestión Descentralizada de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada. Conozca la norma aquí


AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA
Establecen lineamientos que facilitan el proceso de adecuación de las organizaciones de usuarios de agua a la Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) estableció los lineamientos que facilitan el proceso de adecuación de las organizaciones de usuarios de agua a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento.

De acuerdo con la norma, la Administración Local de Agua emitirá la Resolución Administrativa que incorporará el acuerdo de adecuación estatutaria de las organizaciones de usuarios de agua a la Ley N° 31801 y su Reglamento, para cuyo efecto las organizaciones de usuarios de agua deberán utilizar los modelos de acta de asamblea general que aprueba la adecuación y los modelos de estatuto que forman parte de la norma.

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) realizará la inscripción de la resolución administrativa emitida por la Administración Local de Agua que incorpore el acuerdo de adecuación estatutaria de las organizaciones de usuarios de agua a la Ley N° 31801 y su Reglamento, en la correspondiente partida registral de la organización de usuarios de agua, para lo cual es necesario adjuntar copia certificada por la Administración Local de Agua de la citada resolución administrativa; y copia certificada del acta de asamblea general que aprueba dicha adecuación, por notario o juez de paz, según corresponda de acuerdo a ley. Conozca la norma aquí


ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2025 del OEFA

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) aprobó su Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2025 mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 00008-2024-OEFA/CD.

Dicho organismo dispuso la publicación del documento en la sede digital del OEFA (www.gob.pe/oefa) en el plazo de dos días hábiles contado desde la emisión de la citada resolución. Conozca la norma aquí


BANCO CENTRAL DE RESERVA
Ponen en circulación una moneda de plata alusiva al Bicentenario de la Batalla de Junín

El Banco Central de Reserva (BCRP) puso en circulación una moneda de plata alusiva al Bicentenario de la Batalla de Junín, mediante la Circular Nº 0018-2024-BCRP.

En el reverso de la moneda, se muestra el busto de un soldado del Regimiento de Caballería “Húsares de Junín” y a su lado el Monumento a los Vencedores de Junín. Asimismo, se observa bordeando la moneda la leyenda “BICENTENARIO DE LA BATALLA DE JUNÍN”, y en la parte inferior el período que se conmemora “1824– 2024”.

En el anverso de la moneda figura el Escudo de Armas, el texto “BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ”, el año de acuñación y la denominación “UN SOL”.

La moneda tiene curso legal y estará en circulación desde el 31 de julio de 2024.

El BCRP dispuso la difusión del precio de esta moneda en el portal del Banco (https://tiendavirtual.bcrp.gob.pe/tiendabcrp/), el cual será reajustado de acuerdo con la
evolución de los costos. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
El Ministro de Relaciones Exteriores participará en la sesión extraordinaria del Consejo Permanente de la OEA en la que se abordará los resultados del proceso electoral en Venezuela
(Edición extraordinaria de Normas Legales del martes 30 de julio del 2024)

El Poder Ejecutivo, mediante la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) oficializó la autorización de viaje, en comisión de servicios, del señor JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 30 de julio al 2 de agosto de 2024, para que participe en la Sesión Extraordinaria del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) a realizarse hoy en la sede de esta organización con el propósito de abordar los resultados del proceso electoral en Venezuela.

De acuerdo con la Resolución Suprema N° 171-2024-PCM se encarga el Despacho de Relaciones Exteriores al señor EDUARDO MELCHOR ARANA YSA, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, a partir del 30 de julio de 2024 y en tanto dure la ausencia del Titular. Conozca la norma aquí


Jueves 1° de agosto del 2024

PODER EJECUTIVO
Declaran Estado de Emergencia en varios distritos de la provincia de Islay del departamento de Arequipa y de la provincia de General Sánchez Cerro del departamento de Moquegua, por peligro inminente ante contaminación hídrica

El Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia en varios distritos de la provincia de Islay del departamento de Arequipa y de la provincia de General Sánchez Cerro del departamento de Moquegua, por peligro inminente ante contaminación hídrica, por el plazo de 60 días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 077-2024-PCM los Gobiernos Regionales de Arequipa y Moquegua, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio del Ambiente, del Ministerio de la Producción, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente,
así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan el Estado de Emergencia declarado en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa

El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de 30 días calendario, a partir del 3 de agosto del 2024, el Estado de Emergencia declarado en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, incluyendo los 500 metros adyacentes a cada lado de la vía.

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 078-2024-PCM la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

Durante la prórroga del Estado de Emergencia en la circunscripción señalada, se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan el Estado de Emergencia declarado en la provincia de San Román del departamento de Puno

El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de 30 días calendario, a partir del 5 de agosto del 2024, el Estado de Emergencia declarado en la provincia de San Román del departamento de Puno. 

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 079-2024-PCM la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno.

Durante la prórroga del Estado de Emergencia en la circunscripción señalada, se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Aprueban procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados del sector agrario y de riego, cuya tramitación es de competencia de los gobiernos regionales

El Poder Ejecutivo aprobó cinco procedimientos administrativos y cuatro servicios prestados en exclusividad estandarizados del sector agrario y de riego a cargo de los gobiernos regionales.

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 080-2024-PCM son: un procedimiento administrativo estandarizado en materia de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales, cuatro servicios prestados en exclusividad estandarizados en materia de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales, y cuatro procedimientos administrativos estandarizados en materia forestal y de fauna silvestre. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban los “Lineamientos para la formulación del Plan Maestro de Gestión del Bosque de Producción Permanente”

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, mediante el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobó los “Lineamientos para la formulación del Plan Maestro de Gestión del Bosque de Producción Permanente”.

De acuerdo con la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000184-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE dichos lineamientos han sido elaborados en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y el Reglamento para la Gestión Forestal; y recogen los comentarios y aportes evaluados por la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, que devienen de un proceso de participación ciudadana. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Disponen la publicación del proyecto de “Estrategia para la implementación de intervenciones orientadas a la atención de las personas autistas”

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) dispuso la publicación del proyecto de “Estrategia para la implementación de intervenciones orientadas a la atención de las personas autistas” en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y la Sede Digital del Condis (www.gob.pe/conadis).

De acuerdo con la Resolución de Presidencia N° D000154-2024-CONADIS-PRE se establece un plazo de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de esta norma, para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.

Por ende, se dispone que la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia publique el plan de consulta, realice las acciones de difusión, así como la recepción, sistematización y evaluación de los aportes, sugerencias y/o comentarios que se presenten con relación al citado proyecto.

Para tal efecto, se habilita la Mesa de Partes Virtual del Conadis 
(mesapartes@conadisperu.gob.pe), la dirección de correo electrónico: derechodeconsulta@conadisperu.gob.pe, la Plataforma de Consulta Ciudadana en Discapacidad: https://sistemas.conadisperu.gob.pe/dpdnormativos/ y otros canales que se estimen pertinentes para recoger los aportes, sugerencias y/o comentarios de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban la “Guía de Diseño para Tambos Camioneros o Truck Centers”

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), mediante la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, aprobó la “Guía de Diseño para Tambos Camioneros o Truck Centers”, 

De acuerdo con la Resolución Directoral N° 016-2024-MTC/18 el documento establece los criterios técnicos generales y referenciales de diseño para plataformas logísticas de titularidad pública de apoyo al transporte, del tipo Truck Centers o Tambos Camioneros; asegurando condiciones de funcionalidad, habitabilidad y seguridad que repercute positivamente en la competitividad nacional y va en línea con los objetivos sectoriales del sector transporte y la priorización dada en el Plan Nacional de Servicios e Infraestructura Logística elaborado por el MTC.

Se dispuso la publicación de la guía en el Portal Institucional del MTC (www.gob.pe/mtc).
Conozca la norma aquí


OSINERGMIN
Aprueban “Procedimiento de Inscripción en el Registro de empresas inspectoras para efectuar la prueba de inspección de hermeticidad del sistema de tanques enterrados (STE) de Combustibles Líquidos y OPDH

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó el “Procedimiento de Inscripción en el Registro de empresas inspectoras para efectuar la prueba de inspección de hermeticidad del sistema de tanques enterrados (STE) de Combustibles Líquidos y OPDH”, mediante la Resolución de Consejo Directivo Osinergmin N° 151-2024-OS/CD.

A su vez aprobó el cronograma aplicable a los operadores de STE a fin de que acrediten a Osinergmin la realización de las inspecciones de hermeticidad de los STE de acuerdo al artículo 7° del Anexo del Decreto Supremo N° 001-2022-EM. 

Dicho cronograma inicia el primer día calendario del mes siguiente de la entrada en vigencia de la citada resolución, y culmina transcurridos 24 meses, divididos por estratos según ubicación geográfica. Conozca la norma aquí


AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras hidráulicas multisectoriales en bienes naturales asociados al agua y sus anexos

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) dispuso la publicación del proyecto de Reglamento para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras hidráulicas multisectoriales en bienes naturales asociados al agua y sus anexos, en el portal institucional de la entidad: www.gob.pe/ana, por diez días hábiles, a fin de que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias a la dirección electrónica: sgarcia@ana.gob.pe.

De acuerdo con la Resolución Jefatural N° 0285-2024-ANA se encarga a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos la recepción y análisis de los aportes y comentarios que se  presenten respecto del proyecto de Reglamento. Conozca la norma aquí


INEI
Aprueban el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de julio 2024

El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) aprobó el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional (Base: Dic. 2021 = 100) correspondiente al mes de julio 2024, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada, mediante la Resolución Jefatural Nº 187-2024-INEI.

A su vez aprobó el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: Dic. 2021 =100), correspondiente al mes de julio 2024, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. Conozca la norma aquí


INEI
Aprueban Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de julio de 2024

El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) aprobó el Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, Base: Diciembre 2013=100, correspondiente al mes de julio de 2024, así como su variación porcentual mensual y acumulada, mediante la Resolución Jefatural N° 188-2024-INEI.

A su vez dispuso la difusión del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información oficial del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de julio de 2024. Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Autorizan el “III Encuentro Interamericano de Servicios de Facilitadores Judiciales, Orientadoras Judiciales y Conciliadores en Equidad”

La Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autorizó el “III Encuentro Interamericano de Servicios de Facilitadores Judiciales, Orientadoras Judiciales y Conciliadores en Equidad”, que se llevará a cabo el 19 y 20 de setiembre del año en curso, en la ciudad de Lima, mediante la Resolución Administrativa N° 000098-2024-P-CE-PJ.

Por ende, se dispone la realización de una campaña de servicios en el marco del citado encuentro.
La citada actividad se desarrollará en coorganización de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad y el Programa Interamericano de Facilitadores Judiciales de la Organización de Estados Americanos. Conozca la norma aquí


SBS
Aprueban la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) bajo supervisión de la UIF-Perú

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) aprobó la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), bajo supervisión de la Unidad de Inteligencia Financiera - Perú (UIF-Perú), mediante la Resolución SBS Nº 02648-2024.

La norma contiene disposiciones reglamentarias sobre la implementación del Sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, asimismo disposiciones relativas al conocimiento del cliente y beneficiario final.

Corresponderá a los PSAV implementar una política de debida diligencia en el conocimiento de sus trabajadores y directores, en el caso de que cuente con dicho órgano de gobierno.

Además, cuando el PSAV provea de servicios de activos virtuales a otro PSAV nacional o extranjero o una institución financiera, para mitigar los riesgos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva deberá contar con políticas y procedimientos para la prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva.

El PSAV, a través del oficial de cumplimiento, deberá elaborar y remitir a la UIF-Perú un informe anual sobre el cumplimiento de las políticas y procedimientos que integran el sistema de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo implementado en el año calendario anterior, denominado Informe Anual del Oficial de Cumplimiento (IAOC).

La norma publicada modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la SBS. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Dictan disposiciones complementarias para la implementación de una operación de endeudamiento y una emisión de bonos
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del miércoles 31 de agosto del 2024)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dictó disposiciones complementarias para la implementación de una operación de endeudamiento y una emisión de bonos, mediante la Resolución Ministerial N° 240-2024-EF/52.

De acuerdo con la norma el importe de la emisión externa de bonos que, en una o más colocaciones, puede efectuar el Gobierno Nacional, en el marco de la aprobación contenida en los artículos 6° y 8° de la Ley N° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024, es por el importe equivalente de hasta US$ 3 000 000 000,00 (TRES MIL MILLONES y 00/100 DÓLARES AMERICANOS).

Mediante Resolución Directoral de la Dirección General del Tesoro Público, se determinará el importe de la emisión externa de bonos. Conozca la norma aquí


Viernes 2 de agosto del 2024

Ejecutivo amplió el estado de emergencia en diversas localidades de Ayacucho, Huancavelica, Cusco y de Junín por razones de seguridad

Mediante Decreto Supremo Nº 081-2024-PCM el Poder Ejecutivo prorrogó por razones de seguridad el Estado de Emergencia en distritos de las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; de la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; de la provincia de La Convención del departamento de Cusco; y de las provincias de Satipo, Concepción y Huancayo del departamento de Junín, así como en dos Centros Poblados del distrito de Uchuraccay, de la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho.

Durante la vigencia de esta situación excepcional regirá lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito. . por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personal, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24), literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

La actuación además de las Fuerzas Armadas se rige por las normas del Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.


MINEDU impulsa modelo de servicio educativo intercultural bilingüe

El Ministerio de Educación (Minedu) mediante la Resolución Ministerial Nº 389-2024-Minedu modificó el “Modelo de Servicio Educativo Educación Intercultural Bilingüe”, con la finalidad de implementar formas de atención pedagógicas que respondan a las necesidades educativas de los estudiantes, independientemente de la ubicación de la institución educativa donde se atiendan, para brindar un servicio educativo adecuado y pertinente a su realidad sociolingüística y cultural.

El objetivo es brindar un servicio educativo de calidad, con pertinencia cultural y lingüística, diversificada en formas de atención que responden a los diversos escenarios socioculturales y lingüísticos del país para mejorar el logro de aprendizajes de los estudiantes de pueblos originarios o indígenas.


Produce aprueba reglamento para la fiscalización de la venta del alcohol metílico

Con el fin de establecer procedimientos y actuaciones administrativas eficaces y eficientes que permitan un mejor control y fiscalización de la comercialización de alcohol metílico desde su fabricación o ingreso al país hasta su destino final, el Ministerio de la Producción (Produce) aprobó el reglamento de la Ley Nº 27645, que regula la Comercialización de Alcohol Metílico y de la Ley Nº 28317, para el control y fiscalización de la venta de este producto.

Se trata del Decreto Supremo Nº 010-2024-Produce, que busca garantizar este uso solo para fines industriales y científico y que, además sus disposiciones alcanzan a todas las personas naturales o jurídicas que desarrollen en el territorio nacional, las actividades de ingreso al país, fabricación, elaboración, envasado, reenvasado, salida del país, comercialización, transporte, almacenamiento, depósito, utilización y/o posesión de alcohol metílico.


SUTRAN publica plan anual de fiscalización ambiental para el 2025

La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) aprobó el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA correspondiente al año 2025, mediante Resolución de Superintendencia N° D000038-2024-SUTRAN-SP.

El Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA, constituye el instrumento a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental planifica las acciones de control ambiental de su competencia a ser efectuadas durante el año calendario siguiente.

La SUTRAN, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es responsable de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar los servicios de transporte terrestre de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional, siendo competente para supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas de tránsito.


Indecopi declara barreras burocráticas diversas disposiciones municipales

El Indecopi declaró barrera burocrática ilegal lo dispuesto en el Artículo 44 de la Ordenanza N° 011-2015-MPCH/A de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, que regula los anuncios y la publicidad exterior de la ciudad de Chiclayo, mediante Resolución N° 0468-2024/SEL-INDECOPI.

Se trata de la exigencia de renovar la autorización para la instalación de un anuncio publicitario, materializada en el artículo 44 de la Ordenanza Municipal 011-2015-MPCH/A, Ordenanza Municipal que Regula los Anuncios y la Publicidad Exterior de la Ciudad de Chiclayo.

La institución también declaró barreras burocráticas ilegales el artículo 36 y el inciso 2 del artículo 30 de la Ordenanza Municipal N° 1053 de la Municipalidad Provincial de Arequipa, que aprueba el Reglamento de Licencia de Funcionamiento para actividades económicas en el distrito de Arequipa.

De acuerdo con la Resolución Nº 0474-2024/SEL-INDECOPI, se trata de una limitación para remitir escritos, solicitudes y documentos electrónicos a las entidades de la Administración Pública, a través de la Mesa Digital Perú, únicamente en el horario comprendido entre las 00:00 horas hasta el término del horario de atención de la entidad de un día hábil, bajo apercibimiento de considerar como fecha de presentación al día hábil siguiente, contenida en el literal b) concordado con el literal a) del numeral 46.2 del artículo 46 del Decreto Supremo 029-2021-PCM, que aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital. Y también sobre las condiciones, requisitos y usos de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, modificado mediante Decreto Supremo 075-2023-PCM.


Sábado 3 de agosto del 2024

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Actualizado-Versión 1

El Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Actualizado-Versión 1 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobó este portafolio.

La Resolución Ministerial N° 0195-2024-JUS detalla que la finalidad es incorporar nuevas actividades operativas e inversiones, modificar la programación de metas físicas y financieras de las actividades operativas e inversiones realizadas a junio de 2024.

Así también efectuar el alineamiento estratégico al PEI 2021-2027 Ampliado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; detalla la norma.

La resolución señala que el documento se elaboró de acuerdo con las disposiciones de la Guía para el Planeamiento Institucional, con corte presupuestal al 30 de junio de 2024 y cuenta con la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Conozca la norma aquí.


Poder Judicial: Jornada Judicial Extraordinaria el 9 de agosto

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) autorizó la realización de la Jornada Judicial Extraordinaria, de carácter voluntario, para el viernes 9 de agosto de 2024, la cual tendrá una duración de 24 horas.

La Resolución Administrativa N° 0257-2024-CE-PJ señala que la jornada incluirá la atención de actos procesales como el total de sentencias de primera instancia y sentencias de vista descargadas en el Sistema Integrado Judicial el 9 de agosto de 2024.

Además, el total de autos, las vistas de causa y decretos, así como la cantidad de procesos ingresados en el Sistema Integrado Judicial (demandas o denuncias, principales, exhortos, incidentes), con su motivo de ingreso: nuevo, redistribución, elevación o devolución en la citada fecha.

Se suman las notificaciones realizadas el 9 de agosto de 2024 vía notificación electrónica, central de notificaciones, habilitaciones y otras.

Así también las audiencias efectivamente realizadas (no programadas) el 9 de agosto de 2024; distinguiéndose entre las que contaban con transcripción y sin transcripción del acta de audiencia. Conozca la norma aquí.


Corte de Lima: exhortan a los jueces de los órganos jurisdiccionales del distrito judicial de Lima el cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones N° 137-2020-CE-PJ, N° 162-2024-CE-PJ y en la Directiva N° 005-2012-GG-PJ.

La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima exhortó a los jueces de los órganos jurisdiccionales del distrito judicial de Lima a que cumplan lo dispuesto en la Resolución N° 137-2020-CE-PJ, que establece la obligatoriedad de registrar todas las resoluciones judiciales en las casillas electrónicas.

Así también a usar el Sistema de Notificaciones Electrónicas-Sinoe; la Agenda Judicial Electrónica; y a descargar en forma inmediata los actos procesales correspondientes a todas las actuaciones judiciales en el Sistema Integrado Judicial (SIJ).

La Resolución Administrativa N° 0521-2024-P-CSJLI-PJ, exhorta, además, a los magistrados a cumplir lo dispuesto en la Directiva Nº 005-2012- GG-PJ, que establece que el órgano jurisdiccional es responsable de realizar la asociación de hitos estadísticos con los descargos realizados en cuanto sea necesario. Conozca la norma aquí.

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