• DOMINGO 24
  • de mayo de 2026

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¡No arriesgues tu vida! Revisa la lista de sustancias permitidas para procedimientos estéticos

Ministerio de Salud publica listado de sustancias modelantes.

Esto en el marco de lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N° 31014, Ley que regula el uso de sustancias modelantes en tratamientos corporales con fines estéticos y define dicho procedimiento como acto médico. 

La norma, entre sus considerandos recuerda que está prohibido el uso de sustancias modelantes de relleno permanentes no biodegradables ni absorbibles en tratamientos corporales con fines estéticos.

[Lea también: Susalud: No se pueden diseñar políticas de salud sobre el desorden]

Asimismo, indica que está prohibido que personas que no cuenten con las calificaciones exigidas por la Ley, oferten, presten o apliquen servicios de estética humana o de infiltración o colocación de sustancias modelantes de relleno con fines estéticos.

A continuación, puede ver la lista aprobada por la Resolución Ministerial N.° 376-2023-Minsa, en el Diario Oficial El Peruano:

Listado de sustancias modelantes by Diario Oficial El Peruano on Scribd

Susalud: Clínicas estéticas deben estar inscritas en el Renipress

Todos los establecimientos del país que brinden prestaciones y servicios de salud a la población, entre ellas las clínicas estéticas, deben contar con la autorización de la autoridad sanitaria y estar inscritos en el Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (Renipress). Así lo sostuvo la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud).

Al estar registrado en el Renipress, los establecimientos de salud cumplen con la categoría de formales. Aquellos que no lo están no pueden ofrecer ninguna prestación de salud a la población.

Por ello, la Superintendencia invocó a la población, a no exponer su vida, ni dejarse sorprender acudiendo a.. [Leer más]

(FIN) KRCh/MAC


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